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Tirador de Belgrano, sentencia anulada
El 6 de julio de 2006 Martín Ríos se planta en la vereda de la avenida Cabildo, extrae una pistola Bersa 380 y comienza a tirar sobre los transeúntes, mata a uno de tres balazos y hiere a otros. Agotado el cargador, guarda el arma y huye a pie por una calle lateral, luego toma un colectivo y completa su exitosa fuga. No es su primer hecho; ha baleado a personas que estaban en un colectivo, en un tren y en un bar, y en todos se ha fugado. Azarosamente la policía lo detiene, sin relación con estos hechos, y estaba armado con la Bersa 380, un cargador de repuesto y varios proyectiles sueltos. Da su identidad, su domicilio, el número de su DNI, conversa. Luego, cuando los abogados defensores actúan, se transforma al mutismo selectivo: no habla con los profesionales forenses que lo analizan. Va a juicio oral. Hay una batalla entre peritos, los que se alinean con la defensa y los que no. Los jueces deciden que es inimputable. Ahora, la Cámara de Casación decide que no se han tenido en cuenta a los peritos que se oponían a la inimputabilidad, que se debe revisar de nuevo este caso y anula parcialmente el resultado del juicio oral, y deja, para la Corte suprema que debe aceptar o no la decisión de la Cámara de Casación. ¿Es un psicópata que mató por placer o un psicótico que, al momento del hecho, no comprendía la naturaleza de su crimen o no podía dirigir sus acciones?
Damos a conocer los considerandos del informe de la Cámara de Casación para ilustración.
4 de mayo de 2010
Bajar el pdf del informe completo. AQUI
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